Responsabilidad de Predios

Abogados de Resbalón y Caída Defendiendo a Víctimas en Maryland

Los dueños y los administradores de propiedades tienen la responsabilidad de mantener sus propiedades en condiciones razonablemente seguras para que los visitantes no sufran lesiones que pudieran ser prevenidas. Si usted o alguien cercano ha resultado lesionado en la propiedad de un tercero, es importante contactar, tan pronto como sea posible, a un abogado de responsabilidad de predios en Maryland. Burgos & Burgos, LLC puede defenderlo enérgicamente en cada etapa del proceso. Hemos ayudado a personas lesionadas en las propiedades de terceros en los Condados de Montgomery y Prince George, así como en el Distrito de Columbia, y podemos también ayudarle en la defensa de sus derechos. Todo nuestro personal habla español fluidamente para facilidad nuestros clientes. 

Entablando una Demanda por Responsabilidad de Predios

La ley de responsabilidad de predios se rige en situaciones en donde un propietario y administrador de una propiedad pueden ser señalados responsables por un accidente ocasionado por una condición peligrosa en la propiedad. Los accidentes de resbalón y caída son los ejemplos más comunes. Otras situaciones incluyen:

  • Accidentes de elevador
  • Accidentes de escaleras eléctricas
  • Accidentes de pavimento irregular
  • Accidentes en escaleras
  • Accidentes en restaurantes
  • Accidentes en hoteles
  • Accidentes en tiendas
  • Accidentes en parques de diversiones

La responsabilidad de predios se basa en los principios generales de negligencia, lo que significa que un abogado de responsabilidad de predios, en Maryland, debe ser capaz de demostrar que el propietario responsable de dar mantenimiento a la misma no dio los pasos razonables para evitar el riesgo. Los lineamientos que aplican en la responsabilidad de predios difieren en cada estado. En Maryland, la obligación que un propietario tiene con un visitante depende de la categoría del visitante. Según la legislación, un visitante puede ser invitado, persona autorizada, o intruso.

Un invitado es alguien que es invitado a ingresar en la propiedad típicamente para comprar bienes o servicios. Los propietarios les deben a los invitados la más alta obligación de cuidados. De hecho, a los propietarios se les exige que ejerzan un cuidado razonable y normal para mantener las instalaciones seguras para los invitados y protegerlos de lesiones provocadas por un riesgo irrazonable que el invitado, al ejercer un cuidado normal por su propia seguridad, no descubriría. En contraste, una persona autorizada por invitación se refiere a una persona que ingresa en la propiedad con propósitos sociales, por ejemplo, un invitado a cenar en un hogar suburbano. Un propietario debe advertir a los invitados autorizados por invitación sobre cualquier condición peligrosa que él sepa que el huésped no podría descubrir normalmente, pero el propietario no necesariamente tiene la obligación de inspeccionar regularmente la propiedad para encontrar condiciones riesgosas que pudieran no ser aparentes. Un simple invitado autorizado es quien ingresa a la propiedad, no como huésped social, sino para su propia conveniencia o propósito y con el consentimiento del dueño. No se le debe ninguna obligación a un invitado autorizado simple, excepto que no debe ser lesionado o detenido sin motivo o a propósito, ni puede el ocupante del predio crear nuevas y no reveladas fuentes de peligro sin advertir a éste. Según algunas circunstancias, el propietario puede ser responsable ante este autorizado por una condición riesgosa conocida por el propietario.

Finalmente, un intruso es alguien que intencionadamente ingresa al predio sin el privilegio del consentimiento del propietario. Debido a que el intruso no tiene permiso de estar en la propiedad, el deber del dueño para con el intruso representa la menor de las obligaciones de todas las categorías. El propietario no tiene ningún deber para con el intruso, excepto abstenerse de lesionarlo o detenerlo a propósito o sin motivo.

Existen condiciones para estos principios generales de negligencia, como cuando los reglamentos en Maryland crean obligaciones que los propietarios deben cumplir para proteger a cierto tipo de personas. Es posible que los intrusos puedan emprender acciones contra un propietario por violaciones a la obligación establecida por la ley. Por ejemplo, si el administrador de una alberca no acata el reglamento de Maryland diseñado para proteger al público al limitar el tamaño de las aberturas de la barrera de la alberca, y un niño se ahoga luego de escabullirse por la abertura de la barrera, es posible que esta violación del reglamento pueda equivaler a una evidencia inmediata de negligencia.

Además, los resbalones y caídas u otros accidentes en propiedad de terceros pueden ocasionar lesiones graves que resultarían extremadamente costosas de tratar. En casos severos, las lesiones resultantes del accidente requieren cuidados de por vida. Un abogado de responsabilidad de predios en Maryland puede ayudar a un demandante a reclamar una indemnización por una variedad de daños económicos y no económicos, incluyendo gastos médicos, gastos de rehabilitación, dolor y sufrimiento, daño en propiedad, y pérdida de ingresos y de la capacidad para ganar un salario.

Según la legislación de Maryland, como en todos los demás estados, su demanda por responsabilidad de predios debe ser presentada dentro de un periodo apropiado, conocido como la ley de prescripción. Las víctimas en Maryland cuentan con tres años a partir de la fecha del accidente para iniciar una demanda ante una corte civil. Si la víctima no demanda dentro de este periodo, podría significar que también pierda su derecho a recibir una compensación.

Proteja Sus Derechos Contratando un Abogado de Responsabilidad de Predios en Maryland

Si usted o un ser querido ha resultado lesionado en la propiedad de un tercero, podemos ayudarle. En Burgos & Burgos, LLC, nuestros abogados entienden los matices de esta área de la ley de lesiones personales y pueden aplicar sus conocimientos en su caso. Puede confiar en que estamos comprometidos a señalar responsables a propietarios negligentes por el daño que causan. Estamos para responder a sus preguntas y ayudarle a comprender y defender sus derechos. Orgullosamente servimos a víctimas en los Condados de Montgomery y Prince George, incluyendo Gaithersburg, Germantown, Silver Spring, Takoma Park, Wheaton-Glenmont, y Hyattsville. Para hablar sobre su accidente con un abogado de lesiones personales, usted puede llamarnos al (301) 681-1111, o contactarnos en línea.

Reseñas de Clientes
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Burgos & Burgos, LLC estuvo allí para mí y mi familia cuando me lesioné en un accidente automovilístico. Persiguieron agresivamente a la compañía de seguros para asegurarse de que recibiera el acuerdo que merecía. Han ganado mi más alta recomendación. James M. McCleary, McLean, Virginia
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Nelson y Linda Burgos son dos de los abogados más poderosos que un cliente podría tener. Me sentí escuchado y mis necesidades fueron atendidas de una manera profesional y oportuna. Idabelle Hovland, Prince Frederick, Maryland
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Estoy agradecido de que Nelson Burgos se haya ocupado de mí cuando argumentó persuasivamente mi caso en la corte. La compostura de Nelson me dio la confianza que necesitaba para tener éxito. Christina Battikha, Annapolis, Maryland